Si vas a heredar o estás pensando en redactar el testamento, lo más seguro es que te hayas planteado la siguiente pregunta, ¿Qué significa la legítima en una herencia?
Tener esta información es fundamental cuando queremos redactar un testamento. De no saberlo, es muy probable que surjan inconvenientes que terminen en confrontaciones familiares o incluso que la herencia se impugne.
¿Qué es la legítima?
La legítima es una porción mínima de la herencia que la ley reserva a ciertos herederos, llamados herederos forzosos. Estos herederos tienen derecho a recibir una parte de la herencia del fallecido, independientemente de lo que haya dispuesto en el testamento.
¿Quiénes son los herederos forzosos? Por lo general, los herederos forzosos son:
• Los hijos. En caso de que no tenga hijos o no estén vivos, el derecho a la legítima se produce en orden descendente. Es decir, heredarían los nietos o biznietos.
• En caso de que no se pueda dar la herencia en orden descendentes, los siguientes herederos forzosos son los padres o los ascendientes del fallecido.
• Los viudos también son considerados herederos forzosos, aunque solo en el usufructo.
Cómo calcular la legítima
El cálculo de la legítima es un proceso complejo que puede variar según la legislación de cada país, pero en general se basa en dos factores principales: el patrimonio del fallecido y el número de herederos forzosos.
Para calcular la legítima es necesario valorar el total de los bienes y derechos del causante hasta el momento de su fallecimiento. Después hay que restar las deudas pendientes para obtener un valor real.
El porcentaje de la legítima es la división en tres partes de los bienes que conforman la herencia que deben de repartirse por igual entre los herederos forzosos. En España, la legítima se establece como un porcentaje del patrimonio del fallecido, que varía según el número y la relación de los herederos forzosos.
Por ejemplo, si el fallecido tiene hijos, su legítima será el 66,66% del patrimonio, mientras que si tiene padres vivos, su legítima será el 50% del patrimonio. En caso de que no tenga hijos ni padres, ni más familiares ascendentes (abuelos, bisabuelos, …) o descendentes (nietos, bisnietos, …), su legítima será el 100% del patrimonio y se distribuirá entre otros parientes forzosos, como los hermanos.
En general, el cálculo de la legítima se basa en la idea de que los herederos forzosos tienen derecho a recibir una porción justa de la herencia del fallecido. Esto garantiza que los herederos estén protegidos y que reciban una parte justa de la herencia, incluso si el fallecido no ha hecho un testamento o ha dejado un testamento que no cumple con las normas legales.
Si tienes alguna duda sobre la legítima o la herencia en general, es recomendable buscar asesoramiento legal para asegurarte de que tus derechos y los de sus seres queridos sean protegidos. En GyV Asesores estamos especializados en llevar a cabo este tipo de operaciones, no dudes en contactar con nosotros y te acompañaremos durante todo el proceso.
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